Medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

En el BOE del sábado 27 de julio se ha publicado la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, que recoge las medidas aprobadas en el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, por el que se adoptan diversas medidas tributarias de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

Las modificaciones en materia fiscal afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre Sociedades, y se recogen en la Nota informativa ya publicada en febrero de 2013 en este portal. Únicamente habría que añadir respecto al Impuesto sobre Sociedades que la escala prevista para entidades de nueva creación también se aplicará a las cooperativas de nueva creación, tanto respecto de los resultados cooperativos como extracooperativos.
Enlace a la nota informativa. Nueva ventana
Asimismo, la Ley 11/2013 ha incorporado en el ámbito tributario las siguientes Disposiciones Adicionales, no incluidas en el Real Decreto-ley 4/2013:

Tributos sobre el juego
En la disposición adicional sexta se modifica la base imponible de las apuestas sobre acontecimientos deportivos o de competición y del bingo en las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla:

– La base imponible de la tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias vendrá constituida por la diferencia entre la suma total de las cantidades apostadas y el importe de los premios obtenidos por los participantes en el juego.
– La base imponible para el juego del bingo presencial que se celebre u organice en dichos territorios será el resultante de sustraer del importe de las cantidades jugadas la cuantía de los premios obtenidos por los partícipes.

Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla (IPSI)
En la disposición adicional séptima se modifica el artículo 9 de la Ley 8/1991, de 25 de marzo, por la que se aprueba el Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla (IPSI), facultando a dichas Ciudades autónomas a reducir la cuantía exenta en las importaciones de bienes en régimen de viajeros en sus respectivas ordenanzas fiscales, sin que ésta pueda ser inferior a 90,15 euros.

Por otra parte, continúa la tramitación parlamentaria de la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, actualmente en fase de enmiendas en el Congreso.

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