El gobierno ha aprobado una nueva bonificación para autónomos del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes durante un año. La cantidad que recibirá el autónomo se calculará aplicando a la base media del autónomo en los doce meses anteriores el tipo de cotización mínimo vigente en el momento de la solicitud.
1. ¿Puedo aplicarme la bonificación? – Podrás beneficiarte de esta bonificación en los casos siguientes:
– Si tienes a tu cargo a un menor de 7 años.
– Si tienes a tu cargo un familiar con discapacidad.
2. Requisitos – Deberás cumplir los siguientes requisitos:
– Permanecer de alta en este Régimen Especial durante los seis meses siguientes al vencimiento de la bonificación.
– Contratar a un trabajador por cuenta ajena (a tiempo completo o parcial), y mantenerlo contratado durante todo el período. Si se produce el despido, como autónomo podrás contratar otro trabajador en 30 días. El contrato deberá ser de 3 meses como mínimo. ¡Ojo! En los contratos a tiempo parcial, la bonificación será la mitad.
– Al inicio de la aplicación de la bonificación no debes tener trabajadores asalariados a tu cargo, tampoco haberlos tenido los doce meses anteriores a la misma.
3. Otros datos.
– Si incumples los requisitos deberás reintegrar los importes que has dejado de abonar.
– Si tienes más hijos o familiares a los que cuidar, podrás obtener la bonificación igualmente.