Los cambios introducidos en el IRPF con la elevación de los tipos impositivos para la base imponible general como para la base imponible del ahorro, generan un cambio en el porcentaje de retención que se practica en todos los pagos …
Los cambios introducidos en el IRPF con la elevación de los tipos impositivos para la base imponible general como para la base imponible del ahorro, generan un cambio en el porcentaje de retención que se practica en todos los pagos que están sujetos a rentención. Respecto al porcentaje a retener en los alquileres, pasa del 19% al 21% con efectos para los ejercicios 2012 y 2013.
Respecto a los rendimientos del trabajo, las empresas tenemos que calcular los porcentajes de retención que se les aplica a cada trabajador teniendo en cuenta los nuevos tipos impositivos. Este cálculo se podrá hacer bien con el software que proporciona la propia Agencia Tributaria, bien mediante nuestro software de nóminas convenientemente actualizado y entra en vigor a partir de las nóminas de enero. Lógicamente, las retenciones que tienen los trabajadores subirán si no hay cambios en las circunstancias familiares al subir la cuota del impuesto.
Estos cambios están reflejados en la ley de prórroga de los presupuestos generales que se publicó en el BOE el pasado día 31 y debemos tenerla en cuenta si tenemos trabajadores a nuestro cargo o si tenemos algún inmueble arrendado, ya seamos los titulares o los inquilinos.
Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público