SUBVENCIONES PARA NUEVOS AUTONOMOS 2016-2017

Javier Estévez

Información de la convocatoria de ayudas de PROMOCIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO – TR341D – TR349F – DOG núm. 50 de lunes 13 de marzo de 2017

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria y se remite adjunto las bases reguladoras:
PROGRAMA I – Ayudas a la promoción del empleo autónomo – TR341D

– BENEFICIARIOS:

1.- Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo, que procedan a la creación de su propio puesto de trabajo mediante su constitución en personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que desenvuelvan su actividad empresarial en Galicia y que reúnan los siguientes requisitos:

– Se den de alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017
– No estar inscrita en el Sistema nacional de garantía juvenil
– No percibiesen subvenciones del mismo programa en los TRES años anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad.
– No desenvolviesen como personas autónomas la misma o similar actividad en la misma localidad, en los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad, ni estuviesen de alta como autónomos en cualquier régimen de la SS o en mutualidad de colegio profesional, siempre que dicha situación presuponga actividad en los tres meses inmediatamente anteriores.

2.- Trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia podrán ser beneficiarios cuando formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles de nueva creación (constituidas a partir del 1/10/2016), siempre que lo soliciten a título personal

– CUANTÍA DE LA AYUDA

La cuantía de la ayuda es de 2.000 € para desempleados en general que se incrementará en un 25% en los siguientes casos : si la persona que se incorpora es una mujer; si la persona tiene discapacidad o se encuentra en situación de riesgo de exclusión social; si la persona incorporada pertenece a una unidad familiar en que todos sus miembros están desempleados; En el caso de que el centro de trabajo se encuentre en un ayuntamiento rural.

De aplicarse todos los incrementos, la cuantía podría ser de 4.000 €.

– PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Hasta el 30 de Septiembre de 2017 por medios electrónicos

– PRESUPUESTO: 17.133.369 €

CONCESIÓN DE AYUDA MEDIANTE COMPROBACIÓN DE CONCURRENCIA DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS HASTA AGOTAR PRESUPUESTO

PROGRAMA II – Ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas – TR349F

– BENEFICIARIOS:
1.- Personas trabajadoras autónomas o personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad.

2.- Personas trabajadoras autónomas o personas profesionales por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido durante los tres primeros años de actividad.

– ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
Contrataciones indefinidas iniciales que se formalicen desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2017
La contratación indefinida puede ser a tiempo completo o parcial, incluida la modalidad de fijo discontinuo

– REQUISITOS:
– Contratación indefinida de personas trabajadoras desempleadas
– La primera contratación deberá hacerse durante el primer año de actividad. La segunda y tercera podrá formalizarse hasta el tercer año.
– La primera contratación sera subvencionable cuando en la fecha en que se formalice el contrato no haya otra persona indefinida contratada ni se contratase con anterioridad
– Serán subvencionables la segunda y tercera contratación siempre que con anterioridad a este contrato no se realizasen dos o mas contrataciones indefinidas

No se admitirá la contratación con personas que en los 24 meses anteriores a la contratación prestasen servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal.

– CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
1.- Para la primera persona indefinida: 5.000 € cuando la persona sea desempleada
2.- Segunda y tercera contratación: 6.000 € cuando la persona sea desempleada
Estos importes se podrán incrementar en un 25% cuando si la persona que se incorpora es una mujer; si la persona tiene discapacidad o se encuentra en situación de riesgo de exclusión social; si la persona incorporada pertenece a una unidad familiar en que todos sus miembros están desempleados; En el caso de que el centro de trabajo se encuentre en un ayuntamiento rural.

– PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Para las contrataciones realizadas entre el 1 de octubre de 2016 y el 13 de enero de 2017, el plazo de presentación es hasta el 17 de mayo.
Para las contrataciones realizadas con posterioridad al 13 de marzo, tendrán de plazo un mes desde la fecha de la contratación e como data límite o 30 de septiembre de 2017

– PRESUPUESTO: 1.100.000 €
CONCESIÓN DE AYUDA MEDIANTE COMPROBACIÓN DE CONCURRENCIA DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS HASTA AGOTAR PRESUPUESTO

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